Glosario con términos

A

Acuse de Recibo

Hace referencia a la respuesta automática que indica que el e-CF fue recibido por el Receptor Electrónico; esta no implica una respuesta positiva o negativa respecto de la transacción comercial.  

Aprobación o Rechazo Comercial

Es la respuesta que emite el Receptor Electrónico sobre un e-CF recibido donde informa, tanto al emisor electrónico del e-CF como a la DGII, la conformidad o no, respectivamente, con el documento recibido, la cual es enviada a través del Servicio Web de Aprobación Comercial, en el formato estándar XML definido. 

C

Certificado Digital

Es un documento digital emitido y firmado digitalmente por una entidad de certificación, que identifica inequívocamente a un suscriptor durante el período de vigencia del certificado y que se constituye en prueba de que dicho suscriptor es fuente u originador del contenido de un documento digital o mensaje de datos que incorpore su certificado asociado.

Código de Autorización de Secuencias

Elemento computacional que es entregado por la DGII vía OFV, al momento de autorizar secuencias a un emisor electrónico. 

Comprobante Electrónico para Regímenes Especiales

Comprobantes fiscales electrónicos utilizados para facturar las transferencias de bienes o prestación de servicios exentos del ITBIS y/o ISC a las personas físicas o jurídicas acogidas a regímenes especiales de tributación mediante leyes especiales, contratos o convenios debidamente ratificados por el Congreso Nacional. 

Comprobante Electrónico Gubernamental

Comprobantes fiscales electrónicos utilizados para facturar la venta de bienes o la prestación de servicios al Gobierno Central, Instituciones Descentralizadas y Autónomas, Instituciones de la Seguridad Social y cualquier entidad gubernamental que no realice una actividad comercial. 

Comprobante Electrónico de Compras

Comprobantes fiscales electrónicos emitidos por las personas físicas y jurídicas cuando adquieran bienes o servicios de personas no registradas como contribuyentes. 

Comprobante Electrónico para Gastos Menores

Comprobantes fiscales electrónicos emitidos por las personas físicas o jurídicas para sustentar pagos realizados por su personal sean éstos efectuados en territorio dominicano o en el extranjero, y en ocasión a las actividades relacionadas al trabajo, tales como: consumibles, pasajes y transporte público, tarifas de estacionamiento y peajes. 

Comprobante Electrónico para Pagos al Exterior

Comprobantes fiscales electrónicos emitidos por concepto de pago de rentas gravadas de fuente dominicana a personas físicas o jurídicas no residentes fiscales obligadas a realizar la retención total del Impuesto sobre la Renta, de conformidad a los artículos 297 y 305 del Código Tributario. 

Comprobante Electrónico para Exportaciones

Comprobantes fiscales electrónicos utilizados para reportar ventas de bienes fuera del territorio nacional utilizados por los exportadores nacionales, empresas de zonas francas y Zonas Francas Comerciales. 

Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF)

Se entenderá como comprobante fiscal electrónico aquel documento electrónico firmado digitalmente que acredita la transferencia de bienes, entrega en uso o la prestación de servicios, debiendo cumplir siempre con los requisitos establecidos en el Decreto núm. 254-06. 

Contingencia

Es el estado que define las situaciones excepcionales que podrían impedir el curso normal del ciclo de facturación electrónica y para el cual se encuentran definidas acciones específicas que deben seguir los actores del modelo en cada situación. 

E

Emisor electrónico

Es todo aquel contribuyente autorizado por la DGII a emitir Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF).

Estado del Comprobante Fiscal Electrónico

Respuesta otorgada por la DGII al emisor electrónico con respecto al e-CF. 

Aceptado: hace referencia al estado en que se encuentra el e-CF cuando cumple con los requisitos especificados en el formato estándar (XML), que al ser recibido por la DGII resulta válido para fines fiscales.  

Rechazado: hace referencia al estado del e-CF cuando no cumple con los requisitos especificados en el formato estándar (XML), por lo tanto, no se considera recibido en la DGII y no es válido para fines tributarios. Los e-CF rechazados no serán considerados válidos. 

Aceptado Condicional: hace referencia a la respuesta de la DGII, a través de la cual advierte al emisor electrónico que, aunque el documento tiene validez para fines tributarios porque ha sido aceptado, existe una irregularidad que no amerita el rechazo, pero que debe observar y corregirla para la emisión de futuros comprobantes. Una vez notificada la irregularidad, el contribuyente contará con un plazo de quince (15) días para su subsanación, sin perjuicio de que pueda solicitar a la DGII una ampliación de dicho plazo. 

En proceso: indica que la DGII se encuentra realizando las validaciones al documento recibido respecto del cual no se ha emitido aceptación, rechazo, o aceptación condicional y que se debe consultar de nuevo para conocer el resultado, el cual deberá ser comunicado en un plazo no mayor a las veinticuatro (24) horas. 

I

INDOTEL (Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones)

Organo regulador de las telecomunicaciones y del comercio electrónico, documentos y firmas digitales, de conformidad con las leyes No. 153-98 General de Telecomunicaciones y No. 126-02 de Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales de la República Dominicana, respectivamente.

F

Factura de Consumo Electrónica

Comprobantes fiscales electrónicos que acreditan la transferencia de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios a consumidores finales. 

Factura de Crédito Fiscal Electrónica

Comprobantes fiscales electrónicos que registran las transacciones comerciales de compra y venta de bienes y/o servicios, y permiten al comprador o usuario que lo solicite, sustentar gastos y costos o crédito fiscal para efecto tributario. 

Firma Digital

Se entenderá como un valor numérico que se adhiere a un mensaje de datos y que, utilizando un procedimiento matemático conocido, vinculado a la clave del iniciador y al texto del mensaje, permite determinar que este valor se ha obtenido exclusivamente con la clave del iniciador y el texto del mensaje, y que el mensaje inicial no ha sido modificado después de efectuada la transmisión.

I

INDOTEL (Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones)

Órgano regulador de las telecomunicaciones y del comercio electrónico, documentos y firmas digitales, de conformidad con las leyes No. 153-98 General de Telecomunicaciones y No. 126-02 de Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales de la República Dominicana, respectivamente.

L

Lenguaje de Marcas Extensible (XML)

Es un lenguaje estándar que estructura el intercambio de información entre diferentes plataformas, permitiendo la organización y el etiquetado de documentos. Algunos de sus campos de aplicación son las bases de datos, los documentos de texto, las hojas de cálculo y las páginas web.

M

Mensajes de Datos

Es la información generada, enviada, recibida, almacenada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o similares, como pudieran ser, entre otros, el intercambio electrónico de datos (EDI, por sus siglas en inglés), el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax.

N

Nota de Crédito Electrónica

Documentos electrónicos que emiten los vendedores de bienes y/o prestadores de servicios por modificaciones posteriores en las condiciones de venta originalmente pactadas, es decir, para anular operaciones, efectuar devoluciones, conceder descuentos y bonificaciones, subsanar errores o casos similares, de conformidad con los plazos establecidos por las leyes y normas tributarias. Sólo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario, para modificar comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.

Nota de Débito Electrónica

Documentos tributarios electrónicos que emiten los vendedores de bienes y/o prestadores de servicios para recuperar costos y gastos, tales como intereses por mora, fletes u otros, incurridos por el vendedor con posterioridad a la emisión de comprobantes fiscales. Sólo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario, para modificar comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.

Número de Comprobante Fiscal Electrónico (e-NCF)

Secuencia alfanumérica que identifica un e-CF otorgado por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). 

Número de Respuesta (trackID)

Número generado por la DGII con el cual el emisor electrónico del e-CF podrá consultar el estado del documento. 

O

Oficina Virtual (OFV)

Es un espacio telemático donde los contribuyentes pueden ejecutar procedimientos tributarios, con el fin de facilitar y reducir los costos del cumplimiento de estos. Está ubicada dentro del portal de esta Dirección General y para su acceso es imprescindible cumplir con los mecanismos de autenticación definidos por la DGII para el acceso.

P

Prestadora de servicios de confianza

Entidad de certificación conforme a lo establecido en la citada Ley núm. 126-02 y en la normativa emitida por el INDOTEL.

R

Receptor Electrónico

Todo contribuyente que recibe comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) y que se encuentra autorizado por la DGII para emitirlos, es decir, que todo receptor electrónico es, a su vez, emisor electrónico.

Representación Impresa (RI) del e-CF

Es la versión impresa en papel del formato XML de un e-CF, que será entregada a receptores no electrónicos para que puedan reportar sus transacciones de compras ante la DGII, sustentar crédito fiscal o consumo, y conservar dichos documentos según lo establece la legislación vigente, como a quienes lo requieran. Deberá contener todos los campos establecidos como obligatorios por el Decreto núm. 254-06, según las especificaciones de la Norma General núm. 06-2018.  

S

Signatario o Firmante

Contribuyente que actúa en nombre propio o persona que actúa por cuenta de éste, y que habiendo obtenido previamente un certificado digital para uso tributario en la capacidad de firmar un documento digital y de autenticarse ante la DGII para realizar operaciones relacionadas con los e-CF.

T

Timbre electrónico de un e-CF

Conjunto de caracteres que cumple la función de validar la Representación Impresa (RI) del e-CF y que permite verificar: i) que el número con que se generó el e-CF ha sido autorizado por la DGII; ii) que los datos principales del e-CF no han sido alterados y iii) que el e-CF fue efectivamente generado por el emisor correspondiente. La Representación Impresa (RI) del Timbre Electrónico se realiza en código de barras de dos dimensiones. El Timbre Electrónico, y con ello el e-CF impreso, puede ser verificado en cualquier momento, el cual deberá coincidir con el registrado en el sistema para fines de sustento de costos y gastos. 

U

Usuario Administrador e-CF

Contribuyente que actúa en nombre propio o persona que actúa por cuenta de éste, para ingresar y mantener en el sitio web de la DGII la identificación de los signatarios o firmantes autorizados para efectuar acciones relacionadas con los comprobantes fiscales electrónicos (e-CF) a que se refiere esta Norma General. 

W

Web Service

Es una tecnología que utiliza un conjunto de protocolos y estándares que sirven para intercambiar datos entre aplicaciones. Distintas aplicaciones de software desarrolladas en lenguajes de programación diferentes y ejecutadas sobre cualquier plataforma pueden utilizar los servicios web para intercambiar datos en redes como Internet.

Para continuar formándose en este tema de Facturación Electrónica, la DGII cuenta con recursos de aprendizaje gratuitos.


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