8. Actividades externas

No deberán de realizarse actividades externas fuera de CCI si las mismas interfieren con las responsabilidades de los empleados, generan conflictos de interés o si las mismas representan algún riesgo reputacional para la empresa.

CCI respeta la libertad de accionar de su personal en su tiempo libre, sin embargo podrán ser analizados dentro del Comité de Nombramiento y Remuneraciones cualquier situación extraordinaria que haya sucedido en
horario no laboral que haya vinculado al empleado directamente con CCI, o que haya promovido alguna represalia negativa contra la empresa.
Las consecuencias serán determinadas por el Comité de Nombramiento y Remuneraciones, y esta infracción está en principio tipificada como una falta grave.
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