La Violencia Sexual

 La violencia sexual puede incluir:

Acoso sexual

El acoso sexual abarca el contacto físico no consensuado, por ejemplo, cuando una persona agarra, pellizca, propina bofetadas o realiza tocamientos de índole sexual a otra persona. Incluye también otros tipos de violencia no física, como abucheos, comentarios sexuales sobre el cuerpo o el aspecto de una persona, la solicitud de favores sexuales, miradas sexualmente sugerentes, acecho o exhibición de órganos sexuales.

Violación

La violación es cualquier penetración vaginal, anal u oral no consentida por parte de otra persona utilizando cualquier parte del cuerpo o un objeto. Puede ser una persona conocida o no por la sobreiviente, ocurrir dentro del matrimonio y de una relación de pareja, así como durante un conflicto armado.

Violación correctiva

Forma de violación perpetrada contra una persona por su orientación sexual o su identidad de género. Su finalidad es obligar a la víctima a comportarse de manera heterosexual o acorde con una determinada visión normativa de la identidad de género.

Cultura de la violación

La cultura de la violación es el entorno social que permite normalizar y justificar la violencia sexual. Tiene su origen en el patriarcado y se alimenta de unas desigualdades y sesgos persistentes en lo que concierne al género y la sexualidad.

Feminicidio

El feminicidio se refiere al asesinato intencionado de una mujer por el hecho de serlo, si bien se puede definir de un modo más amplio como cualquier asesinato de mujeres o niñas. Existen diferencias específicas entre el feminicidio y el asesinato de hombres. 

En la mayoría de los casos, por ejemplo, quienes cometen los feminicidios son parejas o ex parejas de la víctima, y suponen la culminación de un proceso de abusos, amenazas o intimidación constantes en el hogar, violencia sexual o situaciones en las que las mujeres se encuentran en una situación de inferioridad con respecto a su pareja en términos de poder o disponibilidad de recursos.

Modelo de protocolo latinoamericano de investigación de las muertes violentas de mujeres por razones de género (femicidio/feminicidio)

Responde a las necesidades y realidades de los países de la región y tiene por objetivo apoyar a las instituciones pertinentes con un instrumento práctico para abordar la investigación de las muertes violentas de las mujeres desde una perspectiva de género.

Trata de personas

Adquisición y explotación de personas usando medios como la fuerza, el fraude, la coacción o el engaño. Este delito atrapa a millones de mujeres y niñas en todo el mundo.

Mutilación genital femenina

La MGF incluye procedimientos destinados a alterar de manera intencionada los órganos genitales femeninos por razones no médicas.

Matrimonio infantil

Cualquier matrimonio en el que uno o ambos cónyuges sean menores de 18 años. Constituye una violación de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Violencia en línea o digital

Es cualquier acto de violencia cometido o asistido por el uso de la tecnología y las comunicaciones contra una mujer por el hecho de serlo.

La violencia en línea puede incluir:

Ciberacoso

Consiste en el envío de mensajes intimidatorios o amenazantes.

Sexteo o sexting

Envío de mensajes o fotos de contenido explícito sin contar con la autorización de la persona destinataria.

Sextorsión

El término sextorsión se refiere a la contracción de las palabras sexo y extorsión. Como su nombre indica, ocurre cuando una persona chantajea a un niño, niña o adolescente con la amenaza de publicar contenido audiovisual o información personal de carácter sexual que le involucra.

Violencia online en la pareja o expareja

Esta violencia se define como el conjunto de comportamientos repetidos que pretenden controlar, menoscabar o causar daño a la pareja o expareja. Es muy probable que quien sufra o provoque violencia en el mundo físico lo haga también en el virtual.

Happy slapping

Es un término que nace en Reino Unido y que se ha ido extendiendo alrededor del mundo durante los últimos años.

Este término, aparentemente inocente, define la violencia que consiste en la grabación de una agresión, física, verbal o sexual hacia una persona,

que se difunde posteriormente mediante las tecnologías de comunicación. La agresión puede ser publicada en una página web, una red social, una conversación a través del teléfono móvil (Whatsapp, Messenger, etc.).

En el 61 % de los casos, los agresores son amigos o compañeros. Lo que se percibe cómo un juego por parte del agresor es una grave forma de violencia física y posteriormente online.

Online grooming o ciberembaucamiento

El online grooming (acoso y abuso sexual online) es un delito por el cual una persona adulta contacta con un niño, niña o adolescente a través de internet, ganándose poco a poco su confianza con el propósito de involucrarle en una actividad sexual. 

Exposición involuntaria a material sexual y/o violento

Hoy en día muchísimos niñas, niños y adolescentes tienen acceso ilimitado a la red. Al usar internet, realizar búsquedas o descargar archivos en principio completamente inocentes, se encuentran con material de escenas sexuales o violentas. Nos consta que en nuestro país uno de cada dos menores de edad recibe este contenido de forma totalmente involuntaria.

Incitación a conductas dañinas

Niñas, niños y adolescentes pueden verse realmente afectados por ciertos contenidos que descubren a través de internet, y esta exposición puede afectar a su salud e integridad física.

Sharenting, la sobreexposición de menores en internet

Por último, pese a que no es un tipo de violencia, es una práctica de alto riesgo. El sharenting que proviene de la fusión de share (compartir) y parenting (crianza), es la práctica cada vez más habitual de madres y padres, en la que exponen pública y constantemente la vida de sus hijas e hijos en la red. En principio, puede parecer una costumbre inofensiva, pero debemos ser conscientes de las consecuencias que puede tener para las vidas de las niñas y los niños.

Doxing

Publicación de información privada o identificativa sobre la víctima.

Violencia Política

La violencia contra las mujeres en política constituye una de las principales barreras para el acceso y permanencia de las mujeres en espacios de liderazgo, representación y decisión política. Esta grave violación de los derechos humanos afecta a la diversidad de las mujeres en todo el mundo, por lo que su abordaje resulta crítico desde los Estados, las organizaciones políticas, los medios de comunicación y la sociedad civil.

https://www.youtube.com/watch?v=ZkFCyQTmD3k&t=46s

Para ver el informe de la Unión Interparlamentaria sobre “Sexismo, acoso y violencia contra las mujeres parlamentarias”


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Prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en la vida política también es tarea de los partidos políticos. La Comisión Interamericana de Mujeres (CIM), que es el principal foro generador de políticas hemisféricas para la promoción de los derechos de las mujeres y la igualdad de género, creada en 1928, realizó el Protocolo modelo para Partidos Políticos” que puede servir de base para que las organizaciones políticas en América Latina impulsen el cambio en sus códigos y se conviertan en espacios más inclusivos e igualitarios.


La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (en adelante, “Convención de Belém do Pará” o “Convención”) fue el primer tratado internacional del mundo que consagró el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado. Por medio de la Convención, los Estados Parte acordaron que la violencia contra las mujeres constituye una violación de los derechos humanos y es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres.

La Ley Modelo incorpora el concepto de violencia contra las mujeres establecida en el artículo 1 de la Convención. De acuerdo con dicho artículo, debe entenderse por violencia contra las mujeres cualquier acción o conducta basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado. [ 69 ]

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Referencias

[ 69 ] https://oig.cepal.org/en/node/1520