16. La Conducta en las Redes Sociales

La conducta de los empleados y la definición de oficina se hacen extensivas a los medios de Comunicación y Redes Sociales, con la salvedad de que éstas implican los requerimientos de establecer protocolos especiales para velar por el buen nombre de CCI, así como mitigar riesgos reputacionales y regulatorios. 

CCI reconoce que las redes sociales son espacios privados y extensiones virtuales de nuestra propia vida e individualidad, sin embargo, esto no exime que estos espacios tengan el potencial de entrar en conflicto con las normas de conducta y políticas de CCI, por lo debemos aplicar en todo momento criterios que permitan reducir los riesgos en el uso de las redes sociales o medios de comunicación.

La difusión de informaciones que los empleados hagan a través de Redes Sociales y/o Medios de Comunicación está regulada por éste código en la forma siguiente: 

Informaciones o divulgación de ideas, sugerencias o educación sobre temas de mercados financiero de cualquier tipo por cuenta propia (Banca, Seguros, Pensiones, Valores): Sólo estarán autorizados para hacerlo los miembros del Comité Ejecutivo (en los tópicos de sus áreas de especialización) y los Ejecutivos de Negocio, siempre en atención a: 


Facebook


Instagram


Linkedin

Respeto del ordenamiento legal vigente
Nunca llamar al caos, incertidumbre o desconcierto entre el público inversionistaNunca divulgar rumores que induzcan a formarse opiniones erradas sobre el sector financieroNo dar recomendaciones de inversión
No realizar oferta de productos o servicios no autorizados
No ofrecer rendimientos, precios, tasas de ningún tipo
No exponer informaciones o datos que puedan ser considerados como privados, sensibles o confidenciales
Recalcar siempre que se trata de una opinión personal
Diapositiva anterior
Diapositiva siguiente







Todos los empleados de CCI deberán seguir y aceptar ser seguidos en sus perfiles en redes sociales con la página o cuenta oficial de CCI en las principales redes sociales recordando que está completamente prohibido colocar información privada o confidencial de la empresa, sus empleados, sus clientes o relacionados.
CCI considerará que cualquier falta u omisión a las políticas de comunicación y uso de redes sociales relacionadas con publicaciones o comentarios de informaciones de cualquier tipo sobre temas de mercado financiero en un sentido amplio, así como la publicación o comentarios sobre el trabajo, clientes, proveedores, etc., podrían constituir faltas graves y dar lugar a sanciones disciplinarias a discreción de la función de Recursos Humanos e incluso a procedimientos relacionados con demandas civiles y/o penales de conformidad con lo establecido en el código legal vigente, especialmente la Ley Monetaria y Financiera y la Ley de Mercado de Valores.
Diapositiva anterior
Diapositiva siguiente